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Por el respeto que merece la ciudadanía y luego de las  declaraciones hechas públicas que se encuentran contenidas en la Resolución DP 386p-05, emitida por la Defensoría del Pueblo, la Empresa Petaquilla Gold, S.A.,  se siente obligada a presentar a la opinión pública las siguientes consideraciones:

1.La queja presentada por el señor pastor Durán, que motiva la resolución de la Defensoría del Pueblo, está basada en suposiciones y especulaciones, carentes de sustento verídico y fundamento científico.

2.El Defensor  del Pueblo jamás ha escuchado a la contraparte, no ha querido reunirse con los grupos representativos de la actividad minera en Panamá ni con la Empresa Petaquilla Gold, S.A.

3.La actividad minera es una actividad lícita en nuestro país y se encuentra regulada por el  ordenamiento jurídico de la República de Panamá.

4.La Empresa Petaquilla Gold, S.A., fundamenta su operación en el contrato ley N° 9 de 26 de febrero de 1997, suscrito con el Estado, el cual está vigente y ha sido cumplido a cabalidad por parte de la empresa.

5.La Empresa Petaquilla Gold, S.A., tiene un estudio de Impacto Ambiental aprobado por la ANAM y mantiene un régimen de gestión  ambiental continuo, además, se encuentra en proceso de certificación ISO 14001, en materia de gestión ambiental y OHSAS 18001 en Seguridad y Salud Ocupacional.

6.La Empresa Petaquilla Gold, S.A., lleva a cabo actividades continuas de mitigación y compensación ambiental y cuenta con un  proyecto agresivo de reforestación.

7.La Empresa Petaquilla Gold, mantiene una planilla de más de 800 trabajadores directos  cubiertos por todas las prestaciones que establece la legislación laboral y social de nuestro país

8.La empresa tiene  un manejo de alto nivel de seguridad en materia e riesgos laborales, salud ocupacional y gestión ambiental.

9.La empresa lleva a cabo una serie de programas y proyectos de orden social que impactan positivamente en la calidad de vida de la población de más de cincuenta comunidades en las provincias de Colón, Coclé y Veraguas.

10.Que el Defensor del Pueblo evidentemente ha sido mal informado sobre este tema, además, debe escuchar a todas las partes antes de emitir cualquier opinión,  en este caso particular sobre la actividad minera.

11.Petaquilla Gold, S.A., reitera como siempre lo ha hecho, nuestra disposición de recibir a todas las autoridades competentes, incluyendo a las de la Defensoría del Pueblo, para que verifiquen “in situ”, cómo funciona el proyecto, como se monitorean las aguas, los suelos, las relaciones laborales, las relaciones con la comunidad, las relaciones con las autoridades, en espera de que la Defensoría del Pueblo le dé  a la empresa las mismas oportunidades y el mismo trato que han recibido quienes consideran que se deben oponer al proyecto.

Dado en la ciudad de Panamá a los 6 días del mes de agosto de 2009.

Ing. Carlos Salazar
Vocero, Petaquilla Gold, S.A.